La Cámara Civil y Comercial Federal, modificó una resolución de primera instancia que le solicitaba a un inmigrante -que trabajaba en negro- la presentación de recibos de haberes o facturas suficientes que acreditaran que se desempeñaba en una actividad honesta como requisito para otorgarle su carta de ciudadanía por naturalización.
La Sala I del Tribunal de Apelaciones, integrado por los magistrados Martín Farrell, Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta, indicó que para obtener la carta de ciudadanía por naturalización no era necesario “que el peticionario tenga un trabajo en blanco, sino que pruebe que desempeña una actividad laboral y que la misma es honesta”.
En el caso, un inmigrante sin documentación y con un trabajo en negro en una inmobiliaria, solicitó ante la Justicia Federal la carta de ciudadanía por naturalización. El magistrado de primera instancia requirió que, conforme lo indicó el Fiscal de la causa, el peticionante acompañe facturas suficientes o recibos de haberes para probar que realizaba una actividad honesta.
El hombre, que no se encontraba registrado debidamente en su empleo actual, ante la imposibilidad de presentar las pruebas que le eran requeridas apeló la resolución del juez de grado.
En primer lugar, la Cámara Federal explicó que “tanto el artículo 11 de la Ley 346, como el artículo 5 del decreto reglamentario 3213/84, subordinan el examen de la conveniencia que efectúen los jueces que reciban el pedido de naturalización, al requerimiento de informes o certificados que enumera dicha norma”.
Dicho aquello, la Justicia de Alzada manifestó que correspondía “modificar la resolución apelada en cuanto solicitó al peticionario de la ciudadanía que acompañara al expediente facturas suficientes, a fin de acreditar su subsistencia honesta –mediante el desempeño de la actividad que fuera oportunamente informada-, toda vez que no se trata de exigir que el peticionario tenga un trabajo en blanco”.
Luego, el Tribunal Civil y Comercial explicó que bastaba con que el solicitante “pruebe que desempeña una actividad laboral y que la misma es honesta”.
“En consecuencia, si bien no podrá aportar facturas o recibo de haberes dada la condición impropia de relación laboral –trabajo en negro-, si deberá aportar al expediente prueba indubitada de su desempeño en una actividad honesta”, puntualizó la Justicia Federal de Alzada.
Nota completa en fuente original: diario judicial.com
francisco
enero 12, 2012
como puedo obtener recibo solo me pagan tengo mucho tiempo trabajando con esa persona pero no me dan recibo de pago y si nesecito un recibo que no me han dado se puede solicitar con el empleador y arguien tiene que firmarlo y sera valido para la radicacion disculpe es francisco comentario sobre la preguanta anterior
cristian consulta por nacionalidad
enero 31, 2012
Hola soy cristian tengo 25 años y hace 2 que quede discapacitado por un accidente automovilistico el efecto del mismo fue la amputacion de mi miembro inferior izquierdo. trabajaba desde que tenia 17 años en una pizzeria haciendo delivery y como ayudante de cocina. todos mis estudios fueron aca, tengo 20 años cumplidos en el pais pero como ahora no puedo trabajar no tengo forma de presentar el requisito de justificar el medio de vida. quisiera que me digan que debo realizar o si es que no lo puedo hacer. pienso estudiar en la facultad no se si eso me sirva. Desde ya muchas gracias espero su respuesta
Hugo Caceres
enero 31, 2012
Supongo que debe recibir ayuda económica de su familia, u otra persona, lo cual puede ser probado y es admitido como medio de vida.
Valeria Liz Cuba Gómez
febrero 11, 2012
Estoy en una situación parecida a este artículo. Quiero tramitar mi ciudadanía, pero mi justificación de medios de vida vendría a ser el sueldo de mi madre y ella trabaja en negro. ¿Cómo hago?
Por otro lado, podría justificar mis medios de vida con la jubilación del marido de mi mamá (que no es mi padre), en ese caso ¿Debería probar que mi mamá está casada con mi padrastro? ¿O qué debería hacer?
Desde ya, muchísimas gracias.
Valeria