Prorroga de residencia temporaria como trabajador contratado

Posted on septiembre 25, 2011

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PRORROGA DE RESIDENCIA TEMPORARIA COMO TRABAJADOR CONTRATADO
(Disposición DNM 40164/07)

Si Ud. Pretende prorrogar su residencia obtenida como trabajador contratado, deberá presentarse, hasta 60 (sesenta) días antes de su vencimiento, ante el Sector Prorrogas de Permanencia (Ed. 4) con la siguiente documentación:

• Continuidad laboral o nuevo contrato de trabajo (suscriptos ambos ante Escribano Público o un agente de esta Dirección Nacional al momento de inicio de la prorroga) detallando CUIT del empleador y CUIL del empleado.
• Antecedentes de Policía Federal Argentina (Azopardo 620, Ciudad Autónoma de Bs. As.) o del Registro Nacional de Reincidencia (Tucumán 1353, Ciudad Autónoma de Bs. As.) si fuera mayor de 18 (dieciocho) años
• Pasaporte vigente
• Documento Nacional de Identidad (no es obligatorio)
• Tasa de prorroga de permanencia $ 600 argentinos

NOTAS: Toda documentación redactada en idioma extranjero deberá ser traducida al castellano por Traductor Público Nacional (Art. 6º Ley 20305).

Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino en el país de emisión del documento o Apostillada.

Si un familiar obtuvo residencia legal al amparo de su radicación, deberá acompañar la documentación que acredite el vinculo para la prórroga de la misma (partida de nacimiento/matrimonio)

Toda la documentación a presentar deberá acompañarse en originales, o copias certificadas por escribano público, y copias.

La prórroga a otorgar será por el mismo período de tiempo de la residencia obtenida

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